¿Qué actuaciones incluyen?
Las actuaciones subvencionables se distribuyen en tres tipos de lo cuales, uno de ellos es un tipo de concreto de ayudas específico para la mejora de la iluminación:
Tipo 1: mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
Tipo 2: mejora de la eficiencia energética y energías renovables en instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación, agua caliente, climatización de piscinas.
Tipo 3: mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación y la mejora de iluminación interior de las zonas comunes de edificios.
¿Quién se puede beneficiar y qué requisitos se deben cumplir?
Esta convocatoria es compatible con cualquier otra ayuda pública para el mismo objeto, siempre que se refiera a costes financiables identificables diferentes, así como con cualquier otra ayuda pública, correspondiente, parcial o totalmente a los mismo costes financiables. A ella pueden aspirar:
- Personas físicas o jurídicas propietarias de edificios existentes destinados a alojamientos turísticos
- Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamientos turísticos.
Se deberán conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% respecto a la situación de partida.
- Mejorar la clasificación energética total del edificio en, como mínimo, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono.
- Los edificios deberán estar construidos con anterioridad a 2007.
- Certificado de eficiencia energética del edificio, tanto antes como después de la actuación o actuaciones.
¿Cuáles son los plazos?
- Plazo de presentación de solicitud: Desde la publicación en el Boletín Oficial de cada Comunidad autónoma; hasta: 31/12/2024.
- Plazo de ejecución: 12 meses desde la notificación de concesión de la subvención.
- Plazo de justificación: 3 meses desde la finalización de las obras.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Los importes de la ayuda varían dependiendo de la actuación.
- Opción A: Actuaciones en edificios completos existentes uso turístico referentes a iluminación.
- Ayuda Base:
- Tipo 1: 50%
- Tipo 2: 40%
- Tipo 3: 20%
- Ayuda Base:
- Opción B: Actuaciones sobre un establecimientos de alojamiento turístico que ocupe parcialmente un edificio.:
- Ayuda Base:
- Tipo 1: 40%
- Tipo 2: 30%
- Tipo 3: 20%
- Ayuda Base:
- Ayuda adicional (Opciones A y B):
Se graduará en función de los siguientes criterios:
- Eficiencia energética
- Actuación integrada
Más información
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